APRUEBAN EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN 2022-2024

Boletín DCS/097

Chimalhuacán, Estado de México, a 29 de marzo de 2022

 

 

Los integrantes del H. Cabildo del Ayuntamiento de Chimalhuacán aprobaron por unanimidad el Plan de Desarrollo Municipal para el periodo 2022-2024, que contiene los cuatro pilares de acción: el primero, en materia social; el segundo, en sentido económico; el tercero, en función de lo territorial; y el cuarto, en relación con la seguridad.

 

Durante la séptima sesión extraordinaria, el H. Cabildo analizó, discutió y aprobó el documento de Plan de Desarrollo Municipal, con base en lo establecido en los artículos 19 y 22 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y 31 fracción XXI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

 

La Presidenta Municipal dijo “que el documento contiene todo lo que necesitamos, aborda los temas prioritarios y se tomó en cuenta la participación de la ciudadanía con las propuestas planteada a través de los foros ciudadanos”.

 

La elaboración de Plan de Desarrollo Municipal estuvo a cargo del Director Municipal de Planeación, quien explicó los tres ejes transversales: la equidad de género; la instauración de un gobierno moderno, capaz y responsable; y la tecnología  y la coordinación para el buen gobierno, que fomentará la correcta gobernabilidad. Se busca, dijo, conceder una apertura a la ciudadanía que, en conjunto, permita concebir un mejor municipio, en el que se reivindiquen los derechos y otorgue la calidad de vida que merecemos.

 

El Plan de Desarrollo Municipal, que debe ser presentado ante autoridades del Gobierno del Estado de México a más tardar el 31 de marzo, está en concordancia con la agenda 2030 para el desarrollo sostenible de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), por lo que se incluyen 17 objetivos para reducir la pobreza, la hambruna, la crisis de vivienda, así como el acceso delimitado a la salud y educación mediante la instauración de empleos con salarios dignos, entre otras.

 

Con base en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, los ayuntamientos tienen los primeros tres meses para poder elaborar, aprobar y publicar en la gaceta municipal, el Plan de Desarrollo Municipal que será revisado por el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México y la Secretaría de Finanzas, instancias facultadas para hacer las observaciones necesarias antes de entregar el registro correspondiente.

 

 

 

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